Consejero de Seguridad

Según el Real Decreto 1566/99 y el R.D. 97/2014, las empresas responsables de operaciones de manipulación, carga, descarga y/o transporte de mercancías peligrosas, están obligadas a designar, al menos, un Consejero de Seguridad ante la Administración, encargado de contribuir a la prevención de los riesgos para las personas, los  bienes o el medio ambiente en dichas operaciones.

La normativa establece disposiciones específicas para estas operaciones. La adecuada gestión de mercancías peligrosas y la correcta interpretación de los requisitos legales aplicables a las actividades que utilicen productos o generen residuos que puedan ser considerados como tales es un elemento clave en un sistema de gestión ambiental, así como para la seguridad industrial y la prevención de riesgos laborales.

Objetivos del curso:

El curso de Consejero de Seguridad está orientado a la preparación del alumno para superar con éxito las pruebas oficiales que se convocan anualmente por las Consejerías de las Comunidades Autónomas para obtener la certificación de Consejero de Seguridad, que acredita para el desempeño de dicho cargo en empresas que tienen la obligación de contar con esta figura y capacita para el ejercicio de dicha actividad profesional en los 49 Estados firmantes del Acuerdo ADR 2015. Además de:

  • Conocer y hacer cumplir la normativa vigente en materia de mercancías peligrosas, así como los trámites administrativos necesarios.
  • Comprensión, estudio y destreza del manual de ADR.
  • Adquirir conocimientos para saber cómo actuar en caso de accidente minimizando los efectos sobre los trabajadores, la población y el medio ambiente.
  • Ampliar sus conocimientos en el sector de las operaciones de envasado/embalado, expedición, recepción, carga y descarga de mercancías peligrosas y responsables de seguridad de estas operaciones en la empresa.
  • Conocer las medidas de seguridad específicas a tomar, dependiendo de la naturaleza de la carga, durante todo el proceso de la operación de manipulación/transporte, así como en los pasos previos y posteriores de carga y descarga, limpieza y preparación de vehículos, etc. 
  • Interpretar los requisitos legales derivados de la aplicación del ADR y cómo condicionan el envasado y etiquetado de materias primas, productos terminados y residuos peligrosos.

Requisitos:

No existen requisitos mínimos para los aspirantes, no será necesario estar en posesión de titulación alguna o experiencia previa en el sector.

Modalidad: Semipresencial

  1. Consta de una plataforma digital de acceso controlado con usuario y contraseña, donde dispondrá de todas las preguntas de tipo test y casos prácticos publicados por el Ministerio de Fomento, entre las cuales constará las preguntas del examen para la obtención del Certificado de Consejero de Seguridad.
  2. Un módulo presencial de 60 horas (horario y lugar a convenir con el alumnado)

Material incluido:

  • Libro oficial ADR.
  • Pendrive con las preguntas y casos prácticos con sus soluciones, aclaraciones y normativa, publicados por el Ministerio de Fomento.
  • Una mochila de estudiante con un bolígrafo, un subrayador y una libreta.
  • Fotocopias y apuntes complementarios para la realización de los ejercicios de los casos prácticos.

Metodología:

Este curso está dedicado al estudio, comprensión y manejo del ADR (Acuerdo Europeo relativo al Transporte Internacional por Carretera de Mercancías Peligrosas).

En las clases se manejarán el libro oficial de ADR, proporcionándose técnicas de búsqueda y clasificación de contenidos útiles para la localización rápida de información en los mismos, acompañándose de la realización de ejercicios de test junto a la ejecución de casos prácticos para que contribuyan a comprender la estructura del ADR y así poder llegar a manejarlo de forma correcta.

Examen:

Próxima convocatoria: CC.AA. Andalucía: Mediados de Noviembre (Sevilla o Granada)

Las pruebas para la obtención del certificado de capacitación profesional de consejero de seguridad se regulan en el Real Decreto 1566/1999, de 8 de octubre, y en la ORDEN/FOM/605/2004, de 27 de febrero (BOE de 9 de marzo).

Los exámenes serán convocados al menos una vez al año y se publicarán en los Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas con, al menos, un mes de antelación a la realización del examen, y serán éstas quienes en tiempo y forma publiquen en el Diario Oficial correspondiente la convocatoria de las pruebas.

Las pruebas a superar serán dos:

  • 1ª Prueba: 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, debiendo contestar correctamente un mínimo de 25 para superarla.
  • 2ª Prueba: Un supuesto práctico relativo al modo de manipulación/transporte y clase de mercancía específica.

Especialidades:

El examen  se podrá realizar para la especialidad que se escoja individualmente o para todas las especialidades.

  • Clase 1 (Materias y objetos explosivos)
  • Clase 2 (Gases)
  • Clase 7 (Materias radiactivas)
  • Clases 3; 4.1; 4.2; 4.3; 5.1; 5.2; 6.1; 6.2; 8 y 9: (Resto de Clases)
  • Materias líquidas inflamables con los números de identificación de la Organización de Naciones Unidas UN 1202 (Gasóleo), UN 1203 (Gasolina), UN 1223 (Queroseno), UN 3475 (Mezcla de etanol y gasolina o Mezcla de etanol y combustible para motores) y los combustibles de aviación con los números UN 1268 y UN 1863: (Productos petrolíferos).

Renovación de los certificados de consejeros de seguridad

Con respecto a la renovación de los títulos de consejeros de seguridad se informa según los siguientes puntos:

  1. Según se establece en el Artículo 4 de la Orden de 21 de octubre de 1999, se indica que la validez de los certificados de consejero de seguridad será de cinco años, renovándose automáticamente si durante el último año anterior a la expiración del certificado, su titular hubiere seguido cursos de formación complementaria o superado una prueba de control.
  2. La renovación será por otros cinco años más, independientemente de la fecha de examen, contados a partir de la fecha de obtención.
  3. La opción de renovar los certificados se realizará siempre sobre el modo y especialidades de que se dispone en la actualidad. Si se desea optar a nuevas especialidades o modos de transporte, se deberá realizar todo el examen completo que corresponda a estas nuevas especialidades.